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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363780
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 2036
COSTAS, NOTIFICACIONES EN LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 2036
El auto que manda sustanciar el incidente de costas, debe ser notificado de acuerdo con las reglas generales pertinentes para las notificaciones dentro del juicio respectivo, y no en forma personal.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3624/30. Castro Darío Gabino. 24 de agosto de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.