Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/363800
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363800
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 2258
EMBARGO DE INMUEBLES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 2258
Cuando se ha practicado el embargo de una finca y de sus rentas y durante el secuestro, la finca es desocupada por el inquilino, el propietario no tiene derecho a ocuparla como su habitación, sin el consentimiento, o más bien, contra la voluntad del depositario administrador.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2167/30. Angulo Manuel. 8 de junio de 1931. Mayoría de tres votos. Disidente: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.