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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363821
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 192
ACCION REIVINDICATORIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 192
La acción reivindicatoria es una acción real, que compete al dueño de una cosa contra el poseedor de ella, para que se la restituya con sus frutos, accesiones y abono de menoscabos, en su caso; y para la procedencia de ella, se requieren diversos requisitos, entre los que pueden mencionarse los siguientes: que se funde en justo título; que se pruebe éste cumplidamente por el actor; que se acredite la identidad de la cosa; que si la acción se dirige contra el poseedor, con título del mismo origen que el del demandante, el actor entable previamente otro juicio, que sea adecuado para invalidar o destruir el del demandado. Esa doctrina que exige ese juicio previo, no puede tener más excepción que cuando ambas acciones se intentan conjuntamente y el fundamento de la demanda y el principal objeto del debate, ha sido la nulidad del título, y además, se ha apoyado en ella la sentencia, para resolver la acción reivindicatoria; puesto que el título del demandado conserva, de lo contrario, toda su presunción de validez y tiene toda la fuerza probatoria que a los de su clase concede la ley.
Precedentes
Amparo civil directo 3636/25. Carothers Carlos B. 13 de enero de 1931. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.