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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363834
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 368
COSTAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 368
Según lo ha resuelto ya la Suprema Corte en algunas ejecutorias, las costas no se causan en virtud de convenio de las partes, porque siempre están sujetas a lo que expresan las disposiciones legales correspondientes.
Precedentes
Recurso de súplica 139/28. Robles Gil Alberto y otro. 21 de enero de 1931. Mayoría de cuatro votos, respecto del punto resolutivo octavo y unanimidad de cinco, respecto de los demás puntos resolutivos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.