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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363856
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 558
IDENTIDAD DEL QUEJOSO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 558
Si al conceder amparo contra un fallo de divorcio, el Juez de Distrito designó a la mujer quejosa con el apellido de su cónyuge, esto en manera alguna supone, por parte del juez, la ejecución de su fallo, pues basta tener en cuenta que la sentencia de divorcio tiene como principales, otros efectos que consisten en la privación de derechos y extinción de obligaciones más prácticos que el uso del nombre del marido por la mujer casada.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2364/30. Cardoso de Zapata María. 28 de enero de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.