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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363859
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 602
EMBARGO DE INMUEBLES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 602
Cuando se embarga un inmueble, para que puedan considerarse legalmente embargadas sus rentas, es necesario que de modo expreso queden comprendidas en el aseguramiento judicial, puesto que se trata de bienes muebles, lo que se deduce de la interpretación del artículo 1395 del Código de Comercio.
Precedentes
Recurso de súplica 27/30. Alvarez viuda de Maldonado Carolina. 29 de enero de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.