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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363894
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 1208
FORMA DEL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 1208
Si en el juicio ejecutivo mercantil no se admite o no se opone oportunamente excepción alguna, contra la forma del juicio, o, lo que es igual, contra la procedencia de la vía ejecutiva, el Juez debe declarar procedente esa acción y decidir definitivamente sobre los derechos controvertidos, porque en este caso, el auto que da forma al juicio es ejecutorio y definitivo.
Precedentes
Amparo civil directo 3986/28. Quick H. B. 27 de febrero de 1931. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.