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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
363908
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 1379

NULIDAD, INCIDENTE DE.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 1379

Precedentes

Amparo civil en revisión 298/28. Meraz Rodrigo Z. 7 de marzo de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véanse: Semanario Judicial de la Federación Tomo XXV, página 1447, tesis de rubro "NULIDAD DE LO ACTUADO.". Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, página 586, tesis 194, de rubro "NULIDAD DE ACTUACIONES.".
Registro digital (IUS): 363908