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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363947
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 1945
TERMINOS JUDICIALES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 1945
Cuando se trata de términos improrrogables, no se necesita el acuse de rebeldía para que desaparezca el derecho que pudo ejercitarse dentro de determinado término.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3113/26. Duarte de Escalante Amelia. 26 de marzo de 1931. Mayoría de tres votos. Disidente: Vásquez del Mercado. La publicación no menciona el nombre del ponente.