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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363961
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2123
POSESION Y PROPIEDAD.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2123
El que acredita la posesión de los bienes muebles, de un modo indirecto justifica también la propiedad, supuesto que, con arreglo a lo dispuesto por la ley civil, supletoria de la mercantil, el poseedor tiene la presunción legal de ser propietario, para todos los efectos legales. Además, es presunción muy fuerte para considerar que un individuo es propietario de determinados muebles, que por ellos haya estado pagando los impuestos relativos, entre ellos, el de la renta. Los recibos de renta del local ocupado y los de pagos de energía eléctrica, por tener el carácter de documentos privados y por proceder de personas extrañas a la contienda, no pueden producir convicción por sí mismos; pero si bien, considerados aisladamente, no hacen prueba, no estando desvirtuados por otros datos aportados por los interesados, sí son susceptibles de confirmar, presuntivamente, las conclusiones que se derivan de otros elementos probatorios.
Precedentes
Amparo civil directo 1708/30. Huasteca Petroleum Company. 13 de abril de 1931. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.