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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363969
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2272
DEPARTAMENTO DE SALUBRIDAD.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2272
Contra las multas que impongan los delegados de salubridad federal, cabe el recurso de revisión ante el jefe del Departamento respectivo, pero si el amparo se endereza contra los actos de ejecución de los fallos que dicten los delegados, sin que hayan causado estado, por no haber tenido oportunidad el interesado para recurrirlas en revisión, porque no se le haya notificado en ninguna forma, no debe desecharse la demanda de amparo, apoyándose en la posibilidad de interponer la citada revisión.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 506731. Chaires Emilio. 20 de abril de 1931. 20 de abril de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.