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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363981
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2515
SENTENCIAS CIVILES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2515
Sólo pueden decidir sobre los puntos sujetos a debate y si, apartándose de esta regla, estatuyen sobre otros, y fundándose en las conclusiones relativas, dejan de fallar sobre lo que fue materia de la litis contestatio, con ello violan las garantías individuales de los interesados.
Precedentes
Amparo civil directo 816/30. Sánchez Andrés, sucesión de. 27 de abril se 1931. Mayoría de tres votos. Ausente: Juan José Sánchez. Disidente: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.