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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363991
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 11
SOCIEDAD CONYUGAL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 11
No basta que la mujer dé su consentimiento para que se hipoteque un inmueble y que nada conteste a la demanda que en su contra se enderece, por razón del crédito, para que se considere que está obligada personalmente a responder por el importe de la hipoteca, si la demanda relativa se endereza contra el marido, reclamándole la obligación personal.
Precedentes
Amparo civil directo 2127/29. Betancourt de Rodríguez Julia. 1o. de septiembre de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.