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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363993
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 41
AUTORIDADES RESPONSABLES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 41
Lo son las que ejecutan o tratan de ejecutar el acto que se reclama; pero si éste consistiere en una resolución judicial o administrativa, también lo serán las autoridades que hayan ordenado el acto, y contra ambas procede conceder la suspensión, en los términos de la ley.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Bringas Adolfo. 3 de mayo de 1928. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Manuel Padilla, Teófilo H. Orantes y Arturo Cisneros Canto. La publicación no menciona el nombre del ponente.