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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 363997
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 101
APELACION EN MATERIA MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 101
El Código de Comercio no señala término para expresar agravios, y como según el mismo ordenamiento, la apelación debe sustanciarse con un solo escrito de cada parte, y el informe en estrados, los agravios reclamados en ese informe deben tenerse como oportunamente expresados, para los efectos de la debida preparación de la súplica.
Precedentes
Recurso de súplica 28/30. Mestas de Noriega Pilar y Mestas Noriega José. 5 de septiembre de 1930. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.