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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364025
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 248
LEYES SUPLETORIAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 248
Las disposiciones del derecho común sólo son aplicables supletoriamente a los juicios mercantiles, cuando faltan disposiciones relativas en el Código de Comercio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3588/29. Malby George G. 11 de septiembre de 1930. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Francisco Díaz Lombardo no votó en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.