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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364047
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 479
PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 479
El extraño al juicio puede promover el amparo contra los actos que lo afecten, aun cuando éstos tengan, o no, ejecución material de imposible reparación, lo que sólo puede ser obstáculo cuando se trata de las partes legítimas en el procedimiento; pues para dicho tercero extraño, no es motivo que le impida interponer el amparo, la posibilidad de ejercitar su acción en tercería, porque tal circunstancia no es causa de improcedencia del juicio de garantías, ya que, en calidad de tercero, no puede obligársele legalmente al ejercicio de ninguna acción.
Precedentes
Amparo civil en revisión 624/30. Rivas Tagle de Macedo Guadalupe y coags. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.