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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364074
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 821
EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 821
Incuestionablemente hay un exceso en la ejecución de una sentencia de amparo, si la autoridad responsable, al pronunciar el nuevo fallo, introduce un elemento que no ha sido motivo de discusión entre las partes.
Precedentes
Queja en amparo civil 170/29. Ancira Fernando, sucesión de. 13 de octubre de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: Esta tesis también aparece en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, página 224, como tesis relacionada con la jurisprudencia 142.