Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/364088
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364088
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 951
ESTADO CIVIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 951
La legislación del Estado de Hidalgo, idéntica en este punto a la del Distrito Federal, establece que el estado civil de las personas sólo se comprueba por las constancias respectivas del registro civil, que ningún otro documento ni medio de prueba es admisible, salvo los casos de excepción que las mismas legislaciones establecen; pero las disposiciones de los artículos relativos, no pueden considerarse absolutas, puesto que las mismas leyes reconocen, en otros preceptos distintos, algunos medios para comprobar el estado civil de las personas, como cuando dicen que la filiación de los hijos legítimos, se prueba por la partida de nacimiento, y, en su defecto, por la posesión constante del estado de hijo legítimo, y que si se cuestiona la validez del matrimonio de los padres, deberá presentarse el acta del matrimonio, salvo los mismos casos de excepción que las leyes expresan, lo cual da la evidencia de que el legislador no quiso establecer, con un carácter absoluto y limitado, el valor probatorio de las actas del registro civil, las legislaciones de Hidalgo y del Distrito Federal, sólo exigen la prueba del matrimonio o de la vida común y pública entre los supuestos consortes, de quienes alegan ser hijo el interesado, cuando se ha cuestionado la validez de ese matrimonio por quien tenga derecho para ello.
Precedentes
Amparo civil directo 749/28. Gómez Miguel. 17 de octubre de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.