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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364096
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1020
REMATES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1020
Si conforme a la ley, la sentencia de remate es apelable y el deudor no interpone la alzada contra dicha sentencia es improcedente.
Precedentes
Amparo civil en revisión 365/27. Compañía Minera de Sultepec, S.A. 18 de octubre de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente.