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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364098
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1041
CESIONARIO, SITUACION JURIDICA DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1041
Cuando al cesionario de un crédito litigioso, se le reconoce con aquél carácter, por determinaciones que causan estado, es incuestionable que la personalidad del cedente desaparece en el procedimiento judicial y que es al cesionario a quien afectan directamente las consecuencias todas de ese mismo procedimiento, inclusive la responsabilidad proveniente de daños y perjuicios; pues el origen de esa responsabilidad es un acto de procedimiento, en el que ha desaparecido la personalidad del cedente, para sustituirse con la del cesionario.
Precedentes
Amparo civil en revisión 657/30. Valle Fernando del. 20 de octubre de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente.