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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
364182
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1796

NULIDAD DE ACTUACIONES EN EL AMPARO.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1796

Precedentes

Tomo XXX, página 2380. Indice Alfabético. Queja en amparo civil 80/27. Magín Miguel. 24 de noviembre de 1930. Mayoría de cuatro votos. Disidente: P. Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XXX, página 1796. Queja en amparo civil 79/27. Magín Miguel. 24 de noviembre de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XCIV, página 1831, tesis de rubro "NULIDAD DE ACTUACIONES EN EL AMPARO, CUANDO DEBE PROMOVERSE.". Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, página 586, tesis 194, de rubro "NULIDAD DE ACTUACIONES.".
Registro digital (IUS): 364182