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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364186
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1811
TRANSACCIONES JUDICIALES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1811
La transacción judicial se identifica, en sus efectos, a la sentencia ejecutoriada, y, por lo mismo, el afectado por la ejecución, aun cuando sea extraño al litigio, carece de cualquier recurso para obtener la modificación o revocación del auto relativo, porque, según el Código de Procedimientos Civiles del Distrito, las resoluciones dictadas para la ejecución de una sentencia, no admiten otro recurso que el de responsabilidad.
Precedentes
Amparo civil en revisión 654/28. Brizuela Luis. 25 de noviembre de 1930. Mayoría de tres votos. Disidentes: Francisco H. Ruiz. y Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.