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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364234
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 8
POSICIONES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 8
Las absueltas por quienes no son parte en el juicio, no pueden perjudicar a la parte contra quienes se hacen valer, salvo las excepciones establecidas en los artículos 1214 y 1218 del Código de Comercio.
Precedentes
Recurso de súplica 40/25. Silva Francisco B. 2 de mayo de 1930. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alberto Vázquez del Mercado y Juan J. Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.