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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364250
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 112
PERSONALIDAD DE LAS SUCESIONES EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 112
El que promueve amparo a nombre de una sucesión, debe comprobar que su carácter de albacea existe precisamente en el momento de instaurar la demanda, y es de presumir que esa personalidad desapareció, si ha transcurrido el término natural del encargo o el plazo señalado por el testador o por la ley para ejercer el albaceazgo. Por otra parte, si se trata de albaceas mancomunados, la promoción del amparo por uno solo de ellos, carece de validez, por no estar completa la personalidad del promovente.
Precedentes
Amparo civil en revisión 746/23. Zamudio Chávez Manuel sucesión de. 8 de mayo de 1930. Mayoría de cuatro votos. disidente: Alberto Vázquez del Mercado. La publicación no menciona el nombre del ponente.