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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364256
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 142
DEVOLUCION DE COSAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 142
Si se condena a alguno a la devolución de determinados objetos y no al pago de su valor, es ilógico alegar como violación, que por no haberse autorizado esos objetos, falta base para la ejecución de la sentencia.
Precedentes
Amparo civil directo 2719/29. Righetti Delfino sucesión de. 9 de mayo de 1930. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.