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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364264
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 173
REMATES EN EL DISTRITO FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 173
Aunque no haya precisión en el acto de remate, no por esto puede alegarse que se han dejado de cumplir las prevenciones del artículo 834 del Código de Procedimientos Civiles, si se tuvo como mejor postor al que haya mejorado la propuesta, una vez transcurrido el tiempo señalado por la ley para admitir pujas.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3748/29. Aragón Carlos. 9 de mayo de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.