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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364272
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 261
COSTAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 261
Cuando las costas sólo son el fruto del sentido en que se ha dictado la sentencia recurrida en amparo y la Suprema Corte protege contra esa misma sentencia, ordenando, en consecuencia, que se cambie en los términos de la ejecutoria, es claro que la condenación en costas no debe subsistir.
Precedentes
Amparo civil directo 2578/29. Vargas Leonardo. 19 de mayo de 1930. Unanimidad de cinco votos. la publicación no menciona el nombre del ponente.