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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364302
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 558
PERITOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 558
La Corte ha establecido que cuando la prueba pericial se refiera al avalúo de alguna cosa, no es aplicable lo dispuesto en el artículo 480 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito, sino lo mandado en el artículo 497 del mismo código.
Precedentes
Amparo civil directo 600/29. Bautista Leopoldo. 2 de junio de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.