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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364342
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 971
PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 971
La Tercera Sala de la Suprema Corte ha sentado como jurisprudencia: que tratándose de terceros extraños al juicio, pueden ocurrir al de garantías cuando se trata de privarles de su posesión, sin haber sido oídos ni vencidos, sin que previamente deban hacer uso de la tercería.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2850/28. Mendiola de Pastoriza Guadalupe y coagraviado. 14 de julio de 1930. Mayoría de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.