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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364349
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1000
DIVORCIO EN MORELOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1000
Es injusto y absurdo pretender que si todo un procedimiento puede haber sido ilegal, una parte de ese procedimiento o un mandamiento en él recaído, pueda servir de base firme para la interposición de un recurso extraordinario, cuando no puede servir de base para la interposición de un ordinario. Si el quejoso alega que todo el procedimiento no constituye juicio, como los remedios legales o recursos, sólo se dan cuando propiamente existe aquél, decretar el sobreseimiento, porque no se hizo uso de los recursos ordinarios, es tanto como dejar consumado un acto atentatorio, y fuera de la acción de todo tribunal, un procedimiento seguido en contra de alguien, sin que tuviera conocimiento de él, incapacitándolo así para reparar las violaciones de garantías que en su persona se hubieren cometido.
Precedentes
Amparo civil en revisión 408/30. Vago Taylor Alejandro. 15 de julio de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.