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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364351
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1001
SOBERANIA DE LOS ESTADOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1001
Al concederse la protección constitucional, por la aplicación indebida, falta de aplicación o inexacta aplicación de las leyes, no se viola ni restringe la soberanía de los Estados, ni se les impide aplicar, en lo general, sus leyes.
Precedentes
Amparo civil en revisión 408/30. Vago Taylor Alejandro. 15 de julio de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.