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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364352
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1019
AGRAVIOS EN LA SUPLICA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1019
Si no se indican las disposiciones legales que se estiman violadas por la sentencia recurrida, esto es suficiente para declarar improcedente la súplica.
Precedentes
Recurso de súplica 22/28. Sociedad "Viuda de Hipólito Chambón e Hijo", en liquidación. 16 de julio de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente..