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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364382
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1285
RECURSOS PENDIENTES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1285
Los recursos pendientes que hacen improcedente el amparo, son los que ha interpuesto el que promueve el juicio de garantías, pero no los promovidos por cualquiera otro de los interesados, aun cuando la resolución que el tribunal de alzada dicte, en dichos recursos, pueda beneficiar de una manera accidental al quejoso en el amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3466/29. Soto B. Filiberto V. 29 de julio de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.