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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
364401
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1527

RETROACTIVIDAD.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1527

Precedentes

Tomo XXIX, página 2229. Indice Alfabético. Amparo 3615/29. Fernández José. 26 de agosto de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Joaquín Ortega. Relator: Juan José Sánchez. Tomo XXIX, página 1527. Amparo civil directo 1141/22. Solís viuda de Escalante Juana. 7 de agosto de 1930. Unanimidad de cinco votos. Relator: Francisco H. Ruiz. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 421, primera tesis relacionada con la jurisprudencia 247, de rubro "RETROACTIVIDAD.".
Registro digital (IUS): 364401