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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364404
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1532
POSESION DE ESTADO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1532
Para demostrar la posesión de estado en Yucatán, se pueden usar los medios ordinarios de prueba que el derecho establece, sin que sea preciso presentar una prueba preconstituida, pues sería contradictorio exigir a quien promueve un juicio de esa naturaleza, la presentación de un título que trata de adquirir por medio de los procedimientos judiciales que intenta.
Precedentes
Amparo civil directo 2604/28. Rejón Moisés Alejandro y coagraviados. 7 de agosto de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.