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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364411
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1645
SEGURO CONTRA INCENDIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1645
El artículo 409 del Código de Comercio, debe interpretarse en el sentido de que, de acuerdo con la naturaleza y fines del contrato de seguro contra incendio, éste es exclusivamente un contrato de indemnización y no un medio de lucro, y que, por tanto, en caso de siniestro, solamente deberán pagarse los daños causados, en la suma en que se valuaren los objetos perdidos o en que se estimen los riesgos.
Precedentes
Recurso de súplica 1/29. Slim Filip. 13 de agosto de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.