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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364448
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 10
ACTOS CONSENTIDOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 10
Ni lógica ni jurídicamente, puede inferirse que al acatar órdenes de alguna autoridad, signifiquen que aquéllas se consientan, si quien las acata, oportunamente las reclamó por medio del amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 478/29. Líneas de Camiones de México, Azcapotzalco y Anexas. 3 de enero de 1930. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.