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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364469
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 2101
BIENES HEREDITARIOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 2101
La legislación de Hidalgo previene que cuando al practicar el aseguramiento de bienes hereditarios hubiere oposición al secuestro, alegando el opositor, que los posee a título de dueño o de usufructuario, se suspenderá la diligencia respecto a ellos, reservando a la sucesión sus derechos, para que los deduzca en el juicio correspondiente; pero si el opositor no prueba ser propietario ni usufructuario, ni tener título alguno para que quede sin efecto la diligencia, la suspensión de ella constituye una violación al artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4011/29. López Aurelio, sucesión de. 25 de abril de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.