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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364484
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 330
LIQUIDACION JUDICIAL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 330
Los acreedores de una liquidación judicial, no puede acudir al amparo contra las resoluciones que en el juicio respectivo se dicten, pues para ello sólo está capacitado el representante de la liquidación.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1719/29. Yunes José. 18 de enero de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.