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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364494
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 411
COSTAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 411
Basta con que haya estado encargado del negocio un abogado patrono, para que suponga que necesariamente ese letrado dirigió el pleito e hizo los escritos respectivos, no obstante que no aparezcan firmados por él.
Precedentes
Amparo civil en revisión 766/29. Cervantes y Ríos Miguel de. 24 de enero de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, página 321, sexta tesis relacionada con la jurisprudencia 111, de rubro "COSTAS EN APELACION.".