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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364499
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 465
FIANZA EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 465
Cuando aparece que el fiador esta físicamente imposibilitado para demostrar que la finca con que trata de garantizar la fianza que otorga, no reporta gravámenes, por haber sido destruidos los archivos con arreglo a los cuales debería expedirse el certificado respectivo, existe una situación de hecho no imputable al interesado, que le impide acreditar directamente la libertad de gravámenes expresada, debiendo entonces, por equidad, admitirse la prueba indirecta.
Precedentes
Queja en amparo civil 167/29. Villaseñor Sofía y Pedro. 27 de enero de 1930. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.