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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364529
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 706
COMPETENCIA FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 706
El artículo 104 de la Constitución, determina la competencia federal, en oposición a la local, no por razones análogas a las que fundan las disposiciones sobre competencia en los códigos de procedimientos locales, sino atendiendo a principios constitucionales peculiares, de nuestro régimen político; por tanto, para dirimir una controversia entre los fueros federal y local, debe aplicarse ante todo la Constitución, y no los códigos de procedimientos de los Estados.
Precedentes
Competencia 225/29. Suscitada entre el Juez Mixto de Primera Instancia de Pánuco Veracruz y el Juez de Distrito en Villa Cuauhtémoc. 10 de febrero de 1930. Mayoría de doce votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.