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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364532
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 705
DOMICILIO DEL DEMANDADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 705
Es motivo para presumir que el demandado no reside en el lugar en donde se presenta la demanda que el actor afirme en ésta, que ignora su paradero, máxime, si dicho actor es el fisco, y el demandado es un contribuyente de importancia.
Precedentes
Competencia 225/29. Suscitada entre el Juez Mixto de Primera Instancia de Pánuco Veracruz y el Juez de Distrito en Villa Cuauhtémoc. 10 de febrero de 1930. Mayoría de doce votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.