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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364536
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 751
PRESCRIPCION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 751
El reconocimiento de la deuda, hecho por escrito interrumpe la prescripción, según lo dispone el artículo 1117 del Código Civil del Distrito.
Precedentes
Amparo civil directo 1249/28. Llamosa Herrera Manuel. 10 de febrero de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.