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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364546
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 811
COSA EN DERECHO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 811
Cosa, en nuestras leyes, es considerada como sinónimo de bienes, aunque con mayor connotación. Las cosas consideradas en sí mismas, se han dividido en corporales e incorporales; siendo corporales las que pueden tocarse o se hallan en la esfera de los sentidos, e incorporales, las que no existen sino intelectualmente o no caen en la esfera de los sentidos, como las acciones, las herencias, las obligaciones, las servidumbres y todos los derechos.
Precedentes
Amparo civil directo 395/28. Márquez Fidencio G. y coagraviado. 13 de febrero de 1930. Unanimidad de cinco votos, acordándose modificar en los términos de la discusión, el considerando quinto del proyecto, y mayoría de cuatro votos, el considerado quinto primitivo del proyecto. Disidente: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.