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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364548
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 824
ARRENDAMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 824
Si el depositario de una finca ha recibido las rentas del ocupante de la misma, es incuestionable que le reconoció el carácter de arrendatario y que, por tanto, para obligarlo a desocupar, necesita ajustarse a las disposiciones de la ley.
Precedentes
Amparo civil en revisión 926/29. Milmo viuda de Redziwil Pudenciana V. 13 de febrero de 1930. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.