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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364620
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1500
GIROS BANCARIOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1500
Giro, según expresan los diccionarios de la lengua y jurisprudencia, es la circulación de las letras de cambio; y girar es moverse circularmente, expedir letras de cambio. La palabra "giro", se aplica pues, a las letras de cambio, y se refiere principalmente a ellas por el destino comercial que tienen. El giro supone la circulación de un documento de crédito, y cuando se compra un giro bancario para situar dinero, no se adquiere una letra de cambio, que sólo se expide como prueba de la obligación del banco.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1935/24. Banque Francaise du Mexique, S. A. 17 de marzo de 1930. Mayoría de tres votos. Excusa: Juan José Sánchez. Disidente: Alberto Vázquez del Mercado. La publicación no menciona el nombre del ponente.