Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/364638
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364638
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1798
SENTENCIAS DE PRIMERA INSTANCIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1798
El amparo contra ellas es improcedente, si fueron revisadas en apelación.
Precedentes
Amparo civil directo 2605/29. Vertti Ignacio. 3 de abril de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.