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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 364644
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1847
DIRECCION DE BIENES NACIONALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1847
De conformidad con lo dispuesto por el decreto de 5 de diciembre de 1921, el Departamento de Bienes Nacionales de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, fue erigido en dirección. Dicho decreto expresamente dispone que esa dirección conozca de los asuntos enumerados en el artículo 8o., del reglamento anterior de la Secretaría de Hacienda, cuyo artículo 4o. dice que el director de Bienes Nacionales ejerce sus funciones en sujeción a las instrucciones generales o especiales que reciba de la Secretaría de Hacienda. El mismo decreto, en su artículo 3o. fracción III, faculta al director de Bienes Nacionales, para: "Fijar las condiciones bajo las cuales deben celebrarse los contratos que versen sobre los bienes, capitales o derechos administrados por la dirección, aun cuando sean de adquisición, cesión o enajenación, y otorgar las escrituras correspondientes.
Precedentes
Juicio ordinario contra la nación 2/29. Pereyra Abel, sucesión de. 7 de abril de 1930. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Carlos Salcedo, Francisco Díaz Lombardo, Alberto Vázquez del Mercado, Arturo Cisneros Canto y Juan José Sánchez. Ponente: Daniel V. Valencia.